Registro de entrada del Colegio de Registradores

La presentación de solicitudes o documentos en la Oficina de Registro del Colegio de Registradores, se va a realizar a través del Registro Electrónico General (REG). Para indicar la entidad destinataria deben utilizar el código: EA0046427 - Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España.

 

Acceda desde este enlace

 

Puede consultar el manual de usuario del Registro Electrónico General en el siguiente enlace

Por este medio solo se admite la presentación de documentos cuyo destinatario sea el Colegio de Registradores, rechazándose expresamente cualquier documento cuyo destinatario sean registros de la propiedad, mercantiles o BBMM. Para estos casos utilice la opción de presentación telemática correspondiente.

Nueva Funcionalidad: "Mis Solicitudes" en "Mi Carpeta"

Los usuarios abonados pueden acceder con un solo clic a las peticiones de publicidad ya realizadas desde un nuevo acceso directo en la sección "Mi Carpeta" -> "Mis solicitudes". Pulse Aquí para conocer esta funcionalidad.

ACCESO EXCLUSIVO NOTARIAL:

Habilitado exclusivamente para los notarios/as de las Comunidades Autónomas de Madrid,  Valencia, Castilla y León, Andalucía, Extremadura, Murcia, Comunidad de Castilla la Mancha, Cataluña, Ceuta y Melilla, Galicia, La Rioja, Navarra y Pais Vasco y ahora la Comunidad Autónoma de Canarias que voluntariamente lo deseen, el alta al acceso exclusivo notarial con domiciliación bancaria y facturación inmediata en el siguiente link.

En el caso de Comunidades de Bienes será indispensable disponer de certificado de representante para dicha alta. El sistema de wallet existente actualmente seguirá plenamente vigente. Se ruega lectura de manual de alta o visualización del vídeo.

Aviso importante sobre los sistemas de identificación en la Sede Electrónica

Con el fin de reforzar la seguridad en el acceso a los servicios de la Sede Electrónica y garantizar una mayor protección de los usuarios, a partir del próximo 7 de Julio será indispensable la identificación de todos los usuarios no abonados para la solicitud de publicidad registral mediante el uso de un sistema de identificación electrónica reforzada, que podrá ser:

  1. Certificado electrónico reconocido o cualificado.
  2. Sistema Cl@ve (Cl@ve Permanente o Cl@ve Móvil, según corresponda).
  3. Sistema Cl@ve eIDAS para identificación de ciudadanos UE estará disponible en próximos meses

Se recomienda a todos los usuarios que aún no dispongan de alguno de estos medios de identificación que realicen las gestiones necesarias para obtenerlo con antelación, a fin de evitar incidencias en el acceso a los servicios.